08328 Alella
Tel. 935552339 - Fax 935400328 - WhatsAPPAlella 644267149
alella.ajuntament
NIF. P0800300F
Fins al 28 de febrer es poden presentar les sol·licituds a la convocatòria de la subvencions que atorga la Diputació de Barcelona a través de l'Oficina Tècnica de Parcs Naturals, destinades a finançar projectes/activitats que tinguin com a objectiu fomentar les explotacions forestals, les empreses agrícoles-ramaderes i de serveis, la millora d'habitatges, la restauració del patrimoni arquitectònic, les instal·lacions tèrmiques amb biomassa i les entitats culturals.
Pueden ser objeto de subvención, de acuerdo con su línea de ayuda, las siguientes actuaciones:
2.2.1 Subvenciones para explotaciones forestales.
a) La realización de trabajos silvícolas no rentables económicamente encaminados a la puesta en valor del bosque: desbroces, aclaradas y selección de renuevos en repoblados, eliminación o acordonamiento de restos forestales.
b) La no realización o limitaciones en los trabajos de explotación forestal derivadas de la normativa del propio plan especial.
c) Gastos encaminados a la prevención de incendios forestales o a la reparación de los daños causados por incendios, nevadas, flagelos, fauna (jabalí y corzo), deslizamientos u otros estragos.
d) La realización de obras para la creación y mantenimiento de la red viaria previstas en el Plan Técnico
de Gestión y Mejora Forestal (PTGMF) y los gastos derivados de la incorporación de sistemas de desembosque que impliquen un menor impacto.
e) Las actuaciones que comporten una mejora de hábitats para especies de fauna o flora protegidas y las de gestión cinegética sostenible siempre y cuando estén contempladas en un plan cinegético o plan de conservación.
f) Los gastos derivados de la implantación de los sistemas de certificación forestal.
g) Inversiones encaminadas a la incorporación de un valor añadido a las producciones forestales y adquisición de maquinaria u otros útiles para la explotación.
Con la finalidad de no perjudicar ninguna especie de flora o fauna que tenga una protección especial, de acuerdo con la legislación vigente, o un interés de conservación local, de acuerdo con el plan especial, en caso de recibir una subvención para las actuaciones a, c, d y e, se tendrán que seguir las instrucciones que se den desde el órgano gestor del correspondiente parque. A tal efecto se tendrá que contactar con el mismo antes de iniciar la actuación subvencionada.
2.2.2. Subvenciones para explotaciones agrícolas ganaderas
a) Actuaciones de rehabilitación o mejora de instalaciones o edificios directamente vinculados y destinados a la actividad agrícola ganadera y todas aquellas que estén sujetas a limitaciones derivadas de la normativa del propio plan especial.
b) Arreglo o construcción de estructuras exteriores: caminos, acequias, balsas, vallas, paredes secas y similares.
c) Instalación de servicios básicos para la explotación.
d) Gastos encaminados a prevenir daños causados por fauna y encaminados a reparar daños por fenómenos naturales.
Més informació en aquest enllaç